Un tribunal argentino ordenó a Google pagar una indemnización de 3 millones de pesos (ARS), más la tasa de interés activa (aproximadamente 16 millones en total), a un hombre que fue capturado desnudo en el patio de su casa por una cámara de Street View. La imagen, registrada en 2017 en la localidad de Bragado, mostraba al policía de espaldas dentro de su propiedad, detrás de una pared de más de dos metros de altura. A pesar de que su rostro no era visible, en la fotografía se podía identificar el número y la dirección exacta del domicilio.
La captura se viralizó luego de ser publicada en Google Maps y replicada por medios locales, lo que, según el denunciante, provocó burlas en su entorno social y laboral. La situación lo llevó a alejarse y sufrir consecuencias emocionales. En su presentación judicial, fundamentó la demanda en la violación a su derecho a la imagen y al honor, señalando que nunca autorizó la publicación de su cuerpo desnudo.
La justicia responsabilizó a Google por el desnudo
En un principio, el juez de primera instancia rechazó la demanda, asegurando que no se podía identificar con certeza a la persona en la imagen y atribuyendo parte de la responsabilidad al propio actor por exponerse en un lugar visible desde la vía pública. El magistrado incluso cuestionó su conducta por estar sin ropa en un espacio que podía ser observado por vecinos, y lo responsabilizó por el impacto posterior.
Sin embargo, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó esa decisión y consideró que existió una intromisión ilegítima en la vida privada del afectado. Los jueces remarcaron que la imagen fue tomada dentro del ámbito de su vivienda, y que Google no aplicó medidas suficientes para evitar mostrar el cuerpo desnudo. También destacaron que la plataforma sí difumina rostros y patentes, por lo que debió haber hecho lo mismo en este caso.
El tribunal concluyó que la exposición de la imagen, aun sin mostrar el rostro, resultó en un daño moral que debía ser reparado. Además de la indemnización, se ordenó a Google eliminar la fotografía bajo apercibimiento de una multa diaria si no lo hacía. Los medios y el cableoperador que difundieron posteriormente el contenido quedaron exentos de responsabilidad legal.